Play all audios:
Facebook Twitter LinkedIn
No. Tienes que estar recibiendo tus beneficios jubilatorios o por discapacidad del Seguro Social para que tu esposo o esposa pueda cobrar beneficios para cónyuges.
Membresía de AARP: $15 por tu primer año cuando te inscribes en la renovación automática.
Obtén acceso inmediato a productos exclusivos para socios y cientos de descuentos, una segunda membresía gratis y una suscripción a AARP The Magazine. Únete a AARP
Este no era el caso siempre. En el pasado, las parejas usaban la estrategia de "solicitar y suspender", que permitía que un esposo o esposa cobrara beneficios para cónyuges en función del
historial laboral de su pareja que había solicitado y luego suspendido sus propios pagos del Seguro Social. De esta manera, ambos podrían ganar créditos de jubilación aplazada que aumentaban
sus pagos de Seguro Social eventualmente. El Congreso cerró el vacío legal de "solicitar y suspender" como parte de un proyecto de ley de presupuesto del 2015.
Ten en cuenta queHay una excepción para los excónyuges. Puedes cobrar beneficios basados en el historial laboral de un excónyuge que todavía no ha solicitado sus propios beneficios del Seguro Social si se
cumplen todos los siguientes requisitos:
Ambos tienen 62 años o más.El matrimonio duró al menos 10 años.Han estado divorciados por al menos dos años.
%{postComment}% Unlock Access to AARP Members Edition
Join AARP to Continue Already a Member? Login
Membresía de AARP: $15 por tu primer año cuando te inscribes en la renovación automática.
Obtén acceso instantáneo a productos y a cientos de descuentos exclusivos para socios, una segunda membresía gratis y una suscripción a la revista AARP The Magazine.
Únete a AARP