Play all audios:
La agresora y la víctima compartían piso, pero se conoce que su relación estaba muy lejos de ser pacífica. Discutieron por sus diferencias sobre la ... limpieza de la vivienda y la acusada
atacó a su compañera de apartamento. La damnificada sufrió un mordisco en un labio y presentaba numerosos arañazos y contusiones cuando fue atendida, poco después del incidente, en un centro
de salud de la ciudad de Granada. La mujer herida denunció lo ocurrido y el caso acabó en manos de la justicia, que condenó a la procesada a una pena de multa por un delito leve de
lesiones. Disconforme con aquel fallo, la encausada presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial para reivindicar su inocencia, pero el tribunal ha ratificado punto por
punto la primera sentencia, lo que significa que la resolución ya es firme y no puede volver a ser impugnada por la inculpada. El caso ha quedado definitivamente cerrado. SOBRE LA CAMA El
altercado ocurrió a las seis y media de la tarde del 31 de marzo de 2023 en un inmueble de la capital en el que convivían las dos implicadas, aunque, según el relato de los hechos refrendado
por la Audiencia, no se llevaban bien. Lo lógico es que hubieran resulto sus discrepancias mediante el diálogo, pero se impuso la violencia. «(...) A raíz de problemas con la limpieza de la
vivienda, se inició una discusión en el domicilio de ambas, discusión en el curso de la cual, (la agresora) pasó a la habitación de (la perjudicada), golpeándola cuando se encontraba sobre
su cama, causándole lesiones consistentes en 'contusiones en el labio inferior con lesiones de mordida, dolor en los dientes de la mandibular inferior. Hematoma en la parte izquierda de
la barbilla. Múltiples hematomas y contusiones en ambos brazos así como arañazos. Arañazo en el tronco. Múltiples contusiones en el cuero cabelludo'. Lesiones para cuya sanidad precisó
de tratamiento sintomático, empleando siete días en su curación, dos de ellos de perjuicio moderado», describe el fallo el resultado de la paliza. FOTOGRAFÍAS DE LAS LESIONES La traducción
penal de los acontecimientos es la siguiente: un delito leve de lesiones con conlleva una multa de un mes con una cuota diaria de seis euros y el pago de una indemnización de 250 euros a la
víctima. Tras analizar la sentencia dictada por el juzgado de Instrucción, el tribunal provincial no ha encontrado motivos para cambiar de criterio y recuerda que la propia procesada admitió
que fue ella la que inició las hostilidades el día que propinó la tunda a su compañera de piso. «(...) (la acusada) reconoció en todo momento que se produjo una discusión verbal entre ambas
como consecuencia de ciertos problemas de convivencia que surgieron en el piso que compartían, que dicha discusión tuvo lugar cuando ella, tras llamar a la puerta de la habitación (de la
damnificada) y dado que ésta no le abría, decidió abrirla ella misma, en definitiva, acepta de tal forma el marco circunstancial en el que se iniciaron los hechos denunciados conforme a la
versión ofrecida por la denunciante». Asimismo, el tribunal considera indiscutible que la denunciante estaba en un centro de salud una hora después del ataque. En esas dependencias, el
personal que la trató tomó nota de las lesiones que padecía. «Se encontraba en el servicio de urgencias, allí fue asistida de aquellas lesiones (...), coincidentes con la descripción de la
agresión que aseguró sufrida desde un primer momento y, por fin, con las que pueden ser visualizadas en las fotografías», expone la Audiencia en su resolución.