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Domingo, 18 de mayo 2025, 10:22 Comenta Compartir Parece una historia irreal. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha avalado el despido disciplinario de un empleado de la
empresa pública Geacam, por conducir a 175 kilómetros por hora un vehículo de la compañía. Lo pillaron gracias a que el propio trabajador grabó el momento con su teléfono móvil y lo publicó
en sus estados de WhatsApp. La sentencia, dictada el 21 de marzo por la Sala de lo Social con sede en Albacete, declara el despido como procedente. La imágenes llegaron al teléfono del
responsable de logística de la empresa, quien reconoció el salpicadero del coche como uno de los utilizados por la entidad. La sentencia recoge que la empresa tuvo conocimiento de los hechos
al día siguiente, el 18 de agosto, y abrió un expediente contradictorio. El empleado recibió la notificación del mismo el 22 de agosto, firmando «no conforme» y sin presentar alegaciones
dentro del plazo habilitado. Fue el 31 de agosto se le comunicó su despido disciplinario. La conducta del trabajador fue considerada como una infracción muy grave, según el artículo 54.2 b)
y d) del Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo. Por lo tanto, el despido disciplinario fue declarado procedente. Esto implica que el trabajador no tendrá derecho ni a
indemnización ni a salarios de tramitación. La única cantidad que la empresa deberá abonarle, como reconoció la compañía, asciende a 534,18 euros por conceptos salariales pendientes. Antes
de esto, el empleado no quedó conforme y presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJ). La Sala consideró que las pruebas eran válidas.
También, señaló las capturas de pantalla realizadas por sus compañeros y el conjunto de testimonios recogidos, entre ellos el del jefe de logística. Comenta Reporta un error