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Nueva ofensiva de la banca contra el nuevo impuesto al sector que el Gobierno aprobó para dar continuidad al gravamen temporal creado en 2022, y ... que se aplica desde este año. La
Asociación Española de Banca (AEB) y la patronal de las cajas CECA han emprendido acciones legales contra esta figura, interponiendo un recurso contencioso-administrativo en la Audiencia
Nacional contra la Orden Ministerial que aprueba el modelo de autoliquidación y pago fraccionado del tributo, publicada la pasada semana en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El movimiento
se produce en un momento clave para las entidades, que buscan ganar mayor volumen en la concesión de crédito para compensar el impacto en márgenes de la caída de los tipos de interés. El
sector lleva meses advirtiendo, además, del daño que el gravamen causará en el crédito a familias y empresas, a pesar de que sus cifras de negocio en este sentido han seguido mejorando en
los últimos años de mayor presión fiscal. En todo caso, y tras la publicación definitiva de la Orden, los bancos insisten en su rechazo al impuesto «por sus graves efectos para la
financiación de familias y empresas, su impacto negativo para la inversión y, en general, su perjuicio al conjunto de la economía». Las patronales recalcan además que la banca española es la
única gravada por un impuesto de este tipo en Europa, lo que supone una merma competitiva respecto al resto de entidades bancarias europeas. Algo con lo que coincide el consenso del
mercado, que siempre ha advertido del riesgo de esta inseguridad jurídica de cara al inversor institucional. Cabe recordar que, al igual que sucedió con el gravamen extraordinario en vigor
entre 2022 y 2024 -que gravaba al 4,8% el margen de intereses y comisiones derivado de la actividad en España-, el Banco Central Europeo (BCE) se pronunció a finales del año pasado en contra
del nuevo impuesto, modificado para establecer un nuevo modelo basado en escalas que tampoco convenció al sector. El organismo presidido por Christine Lagarde alertaba entonces de que la
figura podría «limitar la capacidad de las entidades de conceder crédito y contribuir potencialmente a unas condiciones menos favorables para los clientes de los préstamos y otros
servicios», además de poder producir «consecuencias imprevistas para la solvencia y la competitividad de las entidades de crédito». El Banco de España también apoyaba esta teoría,
coincidiendo en que la imposición del impuesto puede reducir la capacidad de resistencia del sector frente a perturbaciones, lo que abre la puerta a «efectos económicos adversos al limitar
la capacidad de las entidades de conceder crédito». Es cierto que los supervisores reconocen que el mecanismo de deducción introducido -basado en la rentabilidad- sí mitiga los posibles
efectos negativos del gravamen. Pero creen que esa mitigación solo se producirá en circunstancias de rentabilidad negativa o baja, por lo que no se evita completamente que el impuesto
disminuya la capacidad de las entidades de acumular capital en circunstancias de tensión. «Además, en períodos de alta rentabilidad, la deducción no sería de aplicación y, por tanto, el
impuesto limitaría la capacidad de acumular capital de forma preventiva frente a futuras perturbaciones», insistía el Banco de España en su último informe de Estabilidad Financiera. También
el Fondo Monetario Internacional (FMI) en un reciente informe, publicado en abril, recomendaba al Gobierno de España suprimir el impuesto al final de su plazo de tres años. Bajo las nuevas
condiciones, los bancos que más ingresan son los que deben pagar un tipo más alto. Algo que, sumado a las deducciones introducidas, sí ha generado cierto efecto en lo que cada entidad debe
abonar respecto al anterior gravamen. Por ejemplo, durante su última presentación de resultados, Bankinter reconoció que gracias a las deducciones no pagará el impuesto a la banca en 2025,
frente al mayor 'coste' que se prevé para BBVA, Santander o CaixaBank. Todo a pesar de que los beneficios del primer trimestre de estas entidades también se vieron espoleados por
el hecho de que la nueva figura se paga cada mes y no en su totalidad en el primer trimestre como ocurría con el anterior.