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EL RETIRO DE LOS TRABAJADORES QUE TENGAN UNA VIDA LABORAL MÁS CORTA SE HA IDO INCREMENTANDO CON LOS AÑOS 01/06/2025 a las 13:00h. El 'sueño' de JUBILARSE a la edad ordinaria cada
vez está más lejos para muchos trabajadores. Las últimas reformas de las pensiones introdujeron novedades con el objetivo de sostener el sistema. En 2027, quienes quieran jubilarse a los 65
años deberán haber cotizado al menos 38 años y seis meses. Quienes tengan una vida laboral más corta deberán esperar a los 67 AÑOS PARA PODER RETIRARSE DEL MERCADO LABORAL. Sin embargo,
quienes cumplan los 65 años en 2025, podrán comenzar a jubilarse siempre que hayan cotizado un mínimo de 38 años y 3 meses o más, lo que supone tres meses más de cotización respecto los que
se jubilaron en 2024. Si no han alcanzado este periodo su edad para jubilarse será de 66 AÑOS Y 8 MESES. * 2025: 38 años y 3 meses o más cotizados - 65 años | 38,3 meses o menos cotizados -
66 años y 8 meses * 2026: 38 años y 3 meses o más cotizados - 65 años | 38,3 meses o menos cotizados - 66 años y 10 meses * 2027: 38 años y 6 meses o más - 65 años | Menos de 38 años y 6
meses - 67 años En función de esta tabla definida por la Seguridad Social es posible conocer el año de jubilación en función del año de nacimiento. * 1960: jubilación ordinaria en 2025 con
65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 8 meses * 1961: jubilación ordinaria en 2026 con 65 años si han cotizado 38,3 meses o más. De
lo contrario, deberían esperar hasta los 66 años y 10 meses * 1962: jubilación ordinaria en 2027 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los
67 años * 1963: jubilación ordinaria en 2028 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años * 1964: jubilación ordinaria en 2029 con 65
años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años * 1965: jubilación ordinaria en 2030 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo
contrario, deberían esperar a los 67 años * 1966: jubilación ordinaria en 2031 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años * 1967:
jubilación ordinaria en 2032 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrario, deberían esperar a los 67 años * 1968: jubilación ordinaria en 2033 con 65 años si han
cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrararo, deberían esperar a los 67 años * 1969: jubilación ordinaria en 2034 con 65 años si han cotizado 38 años y 6 meses o más. De lo contrararo,
deberían esperar a los 67 años A PARTIR DE 2027 los tiempos quedarían de esta forma a no ser que se hiciera ninguna otra modificación. Además, entre otras modificaciones de los últimos
años, quienes deseen dejar de trabajar antes de lo indicado se pueden exponer a una serie de penalizaciones mediante reductores. Por cada mes que se adelante la retirada, la nómina de la
pensión será menor, SEGÚN LOS PORCENTAJES ESTABLECIDOS por la Seguridad Social. Además, el momento de la retirada no puede ser superior a dos años antes de la edad ordinaria marcada y se
exigirá un mínimo cotizado. Aplicación progresiva de la reforma de las pensiones Retraso de la edad de jubilación y aumento del periodo cotizado Períodos cotizados Edad exigida 35 años y 3
meses o más Menos de 35 años y 3 meses 65 años y 1 mes 35 años y 6 meses o más 65 años y 2 meses Menos de 35 años y 6 meses 35 años y 9 meses o más Menos de 35 años y 9 meses 65 años y 3
meses 36 años o más 65 años y 4 meses Menos de 36 años 36 años y 3 meses o más Menos de 36 años y 3 meses 65 años y 5 meses 36 años 6 meses o más Menos de 36 años y 6 meses 65 años y 6 meses
36 años y 9 meses o más Menos de 36 años y 9 meses 65 años y 8 meses 37 años o más 65 años y 10 meses Menos de 37 años 37 años y 3 meses o más Menos de 37 años y 3 meses 37 años y 6 meses o
más Menos de 37 años y 6 meses 66 años y 2 meses 37 años y 9 meses o más Menos de 37 años y 9 meses 66 años y 4 meses 38 años o más 66 años y 6 meses Menos de 38 años 38 años y 3 meses o
más Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 8 meses 38 años y 3 meses o más Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 10 meses 38 años y 6 meses o más A partir de 2027 Menos de 38 años y 6 meses
Fuente: Ministerio de Empleo / ABC Aplicación progresiva de la reforma de las pensiones Retraso de la edad de jubilación y aumento del periodo cotizado Períodos cotizados Edad exigida 35
años y 3 meses o más Menos de 35 años y 3 meses 65 años y 1 mes 35 años y 6 meses o más Menos de 35 años y 6 meses 65 años y 2 meses 35 años y 9 meses o más Menos de 35 años y 9 meses 65
años y 3 meses 36 años o más Menos de 36 años 65 años y 4 meses 36 años y 3 meses o más Menos de 36 años y 3 meses 65 años y 5 meses 36 años y 6 meses o más Menos de 36 años y 6 meses 65
años y 6 meses 36 años y 9 meses o más Menos de 36 años y 9 meses 65 años y 8 meses 37 años o más Menos de 37 años 65 años y 10 meses 37 años y 3 meses o más Menos de 37 años y 3 meses 37
años y 6 meses o más Menos de 37 años y 6 meses 66 años y 2 meses 37 años y 9 meses o más Menos de 37 años y 9 meses 66 años y 4 meses 38 años o más Menos de 38 años 66 años y 6 meses 38
años y 3 meses o más Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 8 meses 38 años y 3 meses o más Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 10 meses A partir de 2027 38 años y 6 meses o más Menos de 38
años y 6 meses Fuente: Ministerio de Empleo / ABC Por contra, quienes continúen trabajando más allá de la edad legal podrán tener CIERTAS RECOMPENSAS, lo que se conoce como jubilación
demorada. Reportar un error